Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Puebla

Artículo 1920

CAPITULO DUODECIMO OBLIGACIONES DE HACER O DE NO HACER

Artículo 1920.- Son elementos esenciales del acto jurídico:

I.- La voluntad del autor o de los autores del acto;

II.- EL objeto del mismo;

III.- Tratándose de actos solemnes, la forma requerida por la ley.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.

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