Artículo 252.- En el supuesto previsto en el artículo anterior, las decisiones serán tomadas por mayoría.
Sección Cuarta
Disolución de la sociedad
CAPITULO SEXTO
Artículo 252.- En el supuesto previsto en el artículo anterior, las decisiones serán tomadas por mayoría.
Sección Cuarta
Disolución de la sociedad
Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.
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