Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Puebla

Artículo 2544

CAPITULO DUODECIMO CONTRATO DE OBRAS A PRECIO ALZADO

Artículo 2544.- El que se obligue a hacer una obra por piezas o por medida, puede exigir que el dueño la reciba en partes y que éste pague el importe de las que reciba. 178

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.

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