Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Puebla

Artículo 2569

CAPITULO DUODECIMO CONTRATO DE OBRAS A PRECIO ALZADO

Artículo 2569.- Si el cargador lo pide al porteador, éste debe darle recibo por escrito de los objetos que se le entreguen, en el que hará constar:

I.- Los nombres, apellidos y domicilios del cargador, del porteador y del destinatario, respectivamente.

II.- La designación de los efectos por transportar, con indicación de su número, peso y descripción, en su caso, de los bultos; 180

III.- El precio del transporte;

IV.- La fecha en que se hace la expedición;

V.- El lugar y fecha de la entrega por el porteador; y

VI.- El lugar y fecha de la entrega al destinatario.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.

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