Artículo 2886.- Respecto del bien ajeno dado en anticresis, se observará lo dispuesto en los artículos 2822 al 2825.
CAPITULO VIGESIMO TERCERO
HIPOTECA
Sección Primera
Reglas Generales
CAPITULO DUODECIMO CONTRATO DE OBRAS A PRECIO ALZADO
Artículo 2886.- Respecto del bien ajeno dado en anticresis, se observará lo dispuesto en los artículos 2822 al 2825.
CAPITULO VIGESIMO TERCERO
HIPOTECA
Sección Primera
Reglas Generales
Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.
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