Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Puebla

Artículo 2953

CAPITULO DUODECIMO CONTRATO DE OBRAS A PRECIO ALZADO

Artículo 2953.- Para los efectos de la fracción I del artículo anterior, se extingue el inmueble hipotecado:

I.- Cuando se destruye; y 206

II.- Cuando queda fuera del comercio.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.

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