Artículo 2983.- Satisfechos los créditos a que se refieren las secciones anteriores, se pagarán los que consten en escritura pública o en cualquier otro documento auténtico.
Sección Séptima
Acreedores de cuarta clase
CAPITULO DUODECIMO CONTRATO DE OBRAS A PRECIO ALZADO
Artículo 2983.- Satisfechos los créditos a que se refieren las secciones anteriores, se pagarán los que consten en escritura pública o en cualquier otro documento auténtico.
Sección Séptima
Acreedores de cuarta clase
Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.