Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Puebla

Artículo 74

CAPITULO PRIMERO PERSONAS FISICAS

Artículo 74.- Los derechos de la personalidad son inalienables, imprescriptibles, irrenunciables, ingravables y pueden oponerse a las autoridades y a los particulares sin más límite que el derecho similar de estos últimos.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.

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