Código Civil del Estado de Querétaro · Querétaro

Artículo 1118

Artículo 1118. Si el dueño del predio dominante se opone a las obras que pretenda realizar el dueño del predio sirviente, el juez decidirá, previo informe de los peritos.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: site.legislaturaqueretaro.gob.mx.

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