Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Quintana Roo

Artículo 24

Artículo 24.- Son nulos los negocios jurídicos en los que una de las partes, abusando de la extrema ignorancia de otra, de su notoria inexperiencia o de su aflictivo estado de necesidad, obtiene de ella ventajas o provechos notoriamente injustos.

Última reforma de esta ley incorporada: 9 de octubre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 27 de septiembre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.

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