Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Quintana Roo

Artículo 2478

TÍTULO OCTAVO De la Complejidad de las Obligaciones · CAPÍTULO PRIMERO De la Enumeración de sus Especies

Artículo 2478.- Quien se ha obligado a diversos bienes o a diversos hechos, o a unos y otros. conjuntamente, debe dar todos los bienes y prestar todos los hechos que comprenda la obligación que contrajo.

SECCIÓN SEGUNDA

De las Obligaciones Alternativas

Última reforma de esta ley incorporada: 9 de octubre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 27 de septiembre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.