Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Quintana Roo

Artículo 2481

TÍTULO OCTAVO De la Complejidad de las Obligaciones · CAPÍTULO SEGUNDO De la Pluralidad de Objetos

Artículo 2481.- Se perderá el derecho de elección pues la obligación se convierte en simple, si de las prestaciones alternativas sólo una de ellas es realizable o ha llegado a ser imposible por causa no imputable a ninguna de las partes.

Última reforma de esta ley incorporada: 9 de octubre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 27 de septiembre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.

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