Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Quintana Roo

Artículo 2581

TÍTULO SEGUNDO De la compraventa · CAPÍTULO QUINTO De las Obligaciones y Derechos del Comprador

Artículo 2581.- Las partes pueden imprimirle al contrato de compraventa, además de las reglamentadas en este capítulo, las modalidades que consideren convenientes, siempre que no sean contrarias a las leyes de orden público, a la moral ni a las buenas costumbres.

Última reforma de esta ley incorporada: 9 de octubre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 27 de septiembre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.

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