Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Quintana Roo

Artículo 2835

TÍTULO UNDECIMO Del Mandato · CAPÍTULO TERCERO De las obligaciones del mandante con relación al mandatario

Artículo 2835.- Si varias personas hubiesen nombrado a un solo mandatario para algún negocio común, le quedan obligadas solidariamente para todos los efectos del mandato.

Última reforma de esta ley incorporada: 9 de octubre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 27 de septiembre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.