Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Quintana Roo

Artículo 297

TÍTULO TERCERO De los negocios jurídicos · CAPÍTULO SEXTO De las Estipulaciones y Cláusulas que pueden

Artículo 297.- En los contratos de tracto sucesivo se puede pactar la entrega de arras como seña penitencial y, en ese caso cualquiera de las partes puede dar por terminado el contrato, por su sola voluntad y con sólo hacer saber su determinación a su contraparte.

Última reforma de esta ley incorporada: 9 de octubre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 27 de septiembre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.

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