Artículo 429.- Son personas jurídicas o morales: l.- El Estado de Quintana Roo.
II.- Los Municipios del Estado de Quintana Roo.
III.- Los organismos descentralizados y las demás entidades de carácter público creadas o reconocidas por las leyes del Estado.
IV.- Los partidos políticos constituidos, reconocidos y registrados legalmente, conforme a las leyes del Estado.
V.- Las sociedades civiles.
VI.- Las asociaciones civiles.
VII.- Las fundaciones.
VIII.- Las entidades de carácter privado a las que la ley atribuya o reconozca expresamente personalidad.
IX.- El Régimen de Propiedad en Condominio. Fracción adicionada POE 12-11-2021