Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Quintana Roo

Artículo 665

TÍTULO TERCERO De los Atributos de la Personalidad y de las · CAPÍTULO NOVENO Del Registro Civil

Artículo 665.- La sentencia ejecutoriada dictada en cualquiera de los juicios a que se refiere este capítulo, se anotará marginalmente en el acta de que se trate, y la anotación se hará cualquiera que sea el sentido de la sentencia.

SECCIÓN SÉPTIMA

Del levantamiento de acta por reconocimiento de identidad de género.

Sección Adicionada POE 30-11-2020

Última reforma de esta ley incorporada: 9 de octubre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 27 de septiembre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.

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