Código Civil para el Estado de Sinaloa · Sinaloa

Artículo 119

TÍTULO IV DEL REGISTRO CIVIL · CAPÍTULO IX DE LAS ACTAS DE DEFUNCIÓN

ARTÍCULO 119 . El acta de fallecimiento contendrá: I. El nombre, apellidos, edad, nacionalidad, sexo y domicilio que tuvo el difunto;

II. El estado civil de éste, o si era viudo, el nombre, apellidos y nacionalidad de su cónyuge;

III. Los nombres, apellidos, edad, ocupación y domicilio de los testigos, y si fueren parientes, el grado en que lo sean;

IV. Los nombres de los padres del difunto si se supieren;

V. La clase de enfermedad que determinó la muerte y especificadamente el lugar en que se sepulte el cadáver o se realice su cremación;

VI. La hora, día, mes, año y lugar de muerte y todos los informes que se obtengan en caso de muerte violenta;

VII. Nombre, apellidos, número de cédula profesional y domicilio del médico que certifique la defunción;

VIII. Nombre, apellidos, edad, nacionalidad y domicilio del declarante y grado de parentesco, en su caso, con el difunto;

IX. Los nombres, apellidos, edad, nacionalidad y domicilio de los testigos, y si fueren parientes del difunto, el grado en que lo sean.

Última reforma de esta ley incorporada: 30 de agosto de 2004. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.