Código Civil para el Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 1146

TITULO SEGUNDO De la Sucesión por Testamento · CAPITULO I De los Testamentos en General 97

ART. 1146.- La disposición hecha en términos vagos en favor de los parientes del testador, se entenderá que se refiere a los parientes más próximos, según el orden de la sucesión legítima.

Última reforma de esta ley incorporada: 17 de marzo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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