Código Civil para el Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 1360

TITULO TERCERO De la Forma de los Testamentos · CAPITULO II Del Testamento Público Abierto

ART. 1360. Cuando el testador declare que no sabe o no puede firmar el testamento, uno de los testigos firmará a ruego del testador y éste imprimirá su huella digital.

(REFORMADO, P.O. 20 DE MARZO DE 2003)

Última reforma de esta ley incorporada: 17 de marzo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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