Código Civil para el Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 1380

TITULO TERCERO De la Forma de los Testamentos · CAPITULO III Testamento Público Cerrado

ART. 1380.- Cerrado y autorizado el testamento, se entregará al testador, y el notario pondrá razón en el Protocolo, del lugar, hora, día, mes y año en que el testamento fue autorizado y entregado.

Última reforma de esta ley incorporada: 17 de marzo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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