Código Civil para el Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 864

TITULO CUARTO De la Propiedad · CAPITULO IV Del Derecho de Accesión

ART. 864.- En la pintura, escultura y bordado; en los escritos, impresos, grabados, litografías, fotograbados, oleograbados, oleografías, cromolitografías, y en las demás obtenidas por otros procedimientos análogos a los anteriores, se estima accesorio la tabla, el metal, la piedra, el lienzo, el papel, el pergamino, el plástico o cualquier otro material que sirva de base.

(REFORMADO, P.O. 3 DE OCTUBRE DE 2000)

Última reforma de esta ley incorporada: 17 de marzo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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