ARTÍCULO 1652.-
Examen por exhorto
Sabiéndose el lugar donde se hallan los testigos, serán examinados por exhorto. 263
TITULO TERCERO DE LA FORMA DE LOS TESTAMENTOS · CAPITULO V DEL TESTAMENTO PRIVADO
ARTÍCULO 1652.-
Examen por exhorto
Sabiéndose el lugar donde se hallan los testigos, serán examinados por exhorto. 263
Última reforma de esta ley incorporada: 22 de febrero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresotabasco.gob.mx.
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