ARTÍCULO 18.-
Responsabilidad civil de autoridades
El uso abusivo que hagan las autoridades de sus atribuciones legales y todo abuso que de su derecho realicen los particulares, es causa de responsabilidad civil, la cual sólo podrá ser reclamada dentro del plazo de un año, contado a partir del día en que el afectado tenga conocimiento del hecho abusivo.