ARTÍCULO 2066.-
Qué es la interpelación
Se llama interpelación el acto por el cual el acreedor intima al deudor para que cumpla con su obligación; puede hacerse ante notario o mediante jurisdicción voluntaria.
TITULO SEXTO DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL
ARTÍCULO 2066.-
Qué es la interpelación
Se llama interpelación el acto por el cual el acreedor intima al deudor para que cumpla con su obligación; puede hacerse ante notario o mediante jurisdicción voluntaria.
Última reforma de esta ley incorporada: 22 de febrero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotabasco.gob.mx.
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