ARTÍCULO 2548.-
Otras obligaciones al vendedor
Además de las obligaciones que la ley impone al enajenante, el vendedor está obligado a:
I.- Otorgar al comprador los documentos legalmente necesarios para acreditar el traslado de dominio;
II.- Conservar y custodiar el bien con la diligencia propia de un buen padre de familia entre tanto lo entregue;
III.- Entregar al comprador el bien vendido;
IV.- Garantizar la calidad; y
V.- Prestar la evicción.