Código Civil para el Estado de Tabasco · Tabasco

Artículo 2548

TITULO TERCERO DE LA COMPRAVENTA · CAPITULO III DE LOS QUE PUEDEN VENDER Y COMPRAR

ARTÍCULO 2548.-

Otras obligaciones al vendedor

Además de las obligaciones que la ley impone al enajenante, el vendedor está obligado a:

I.- Otorgar al comprador los documentos legalmente necesarios para acreditar el traslado de dominio;

II.- Conservar y custodiar el bien con la diligencia propia de un buen padre de familia entre tanto lo entregue;

III.- Entregar al comprador el bien vendido;

IV.- Garantizar la calidad; y

V.- Prestar la evicción.

Última reforma de esta ley incorporada: 22 de febrero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotabasco.gob.mx.

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