ARTÍCULO 2759.-
Materia del contrato
Pueden ser materia del contrato de alquiler todos los bienes muebles no fungibles.
TITULO SÉPTIMO DEL ARRENDAMIENTO · CAPITULO VII DEL MODO DE TERMINAR EL ARRENDAMIENTO
ARTÍCULO 2759.-
Materia del contrato
Pueden ser materia del contrato de alquiler todos los bienes muebles no fungibles.
Última reforma de esta ley incorporada: 22 de febrero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresotabasco.gob.mx.
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.