Código Civil para el Estado de Tabasco · Tabasco

Artículo 751

TITULO DUODECIMO DE LA TUTELA · CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 751.-

Cuáles son personas jurídicas

Son personas jurídicas de derecho privado:

I.- Las asociaciones civiles;

II.- Las sociedades civiles;

III.- Las fundaciones; y

IV.- Las demás entidades a las que este Código atribuya tal carácter.

Última reforma de esta ley incorporada: 22 de febrero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotabasco.gob.mx.

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