Código Civil para el Estado de Tamaulipas · Tamaulipas

Artículo 1093

TÍTULO PRIMERO REGLAS COMUNES · CAPÍTULO III MODALIDADES DE LAS OBLIGACIONES

ARTÍCULO 1093.- El deudor que paga una deuda indivisible, se subroga en los derechos del acreedor en relación con los demás obligados, con reducción de la parte que a él le corresponde en la deuda.

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de febrero de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotamaulipas.gob.mx.

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