Código Civil para el Estado de Tamaulipas · Tamaulipas

Artículo 1329

TÍTULO SEGUNDO FUENTES DE LAS OBLIGACIONES · CAPÍTULO I

ARTÍCULO 1329.- En los contratos por adhesión las dudas ocasionadas por la redacción deberán resolverse en perjuicio de quien lo redactó.

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de febrero de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotamaulipas.gob.mx.

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