ARTÍCULO 14.- La imprevisión, la falta de claridad o la insuficiencia de la ley, no serán impedimento para que los jueces o tribunales resuelvan los asuntos que se sometan a su conocimiento.
Artículo 14
Última reforma de esta ley incorporada: 27 de febrero de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotamaulipas.gob.mx.
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