ARTÍCULO 319.- En defecto de esa posesión de estado son admisibles todos los medios ordinarios de prueba que la ley establece, incluyendo aquellas que ofrecen el avance de los conocimientos científicos.
Artículo 319
TÍTULO QUINTO DE LA FILIACIÓN Y PATERNIDAD · CAPÍTULO II DE LA PATERNIDAD Y PRUEBA DE LA FILIACIÓN
Última reforma de esta ley incorporada: 27 de febrero de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotamaulipas.gob.mx.
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