Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 2599

TITULO PRIMERO · CAPITULO UNICO DISPOSICIONES PRELIMINARES

ARTICULO 2599.- El heredero adquiere a título universal y responde de las cargas de la herencia hasta donde alcance la cuantía de los bienes que herede. 384

El legatario adquiere a título particular y no tiene más cargas que las que expresamente le imponga el testador, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria con los herederos; pero cuando toda la herencia se distribuyere en legados, los legatarios serán considerados como herederos. (F. DE E., P.O. 3 DE NOVIEMBRE DE 1976)

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de junio de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodetlaxcala.gob.mx.

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