Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 643

TITULO DUODECIMO DE LA MAYOR EDAD · CAPITULO IX

ARTICULO 643.- Son personas jurídicas:

I.- El Estado de Tlaxcala y los Municipios del mismo Estado;

II.- Las sociedades civiles;

III.- Las asociaciones civiles;

IV.- Las corporaciones de carácter público o privado y las fundaciones reconocidas por la ley;

V.- Los grupos, reconocidos por la ley, de personas físicas unidas temporal o permanentemente por un mismo interés jurídico.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de junio de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodetlaxcala.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.