Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 753

TITULO TERCERO DE LA PROPIEDAD · CAPITULO I DE LA PROPIEDAD EN GENERAL

ARTICULO 753.- El ejercicio del derecho de propiedad, sobre los bienes que se consideren notables y características manifestaciones de la cultura propia del Estado, queda sujeto a las limitaciones que le imponen las leyes y reglamentos sobre esta materia.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de junio de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodetlaxcala.gob.mx.

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