ARTICULO 1205
La interrupción de la prescripción contra el deudor principal produce los mismos efectos contra su fiador.
TITULO SEPTIMO DE LA PRESCRIPCION · CAPITULO V De la interrupción de la prescripción
ARTICULO 1205
La interrupción de la prescripción contra el deudor principal produce los mismos efectos contra su fiador.
Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.
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