ARTICULO 1210
Los meses se regularán con el número de días que les correspondan.
TITULO SEPTIMO DE LA PRESCRIPCION · CAPITULO VI De la manera de contar el tiempo para la prescripción
ARTICULO 1210
Los meses se regularán con el número de días que les correspondan.
Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.
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