Código Civil para el Estado de Veracruz · Veracruz

Artículo 227

TITULO SEXTO DEL PARENTESCO, DE LOS ALIMENTOS Y DE LA VIOLENCIA FAMILIAR · CAPITULO I De las líneas y grados del parentesco

ARTICULO 227

Cada generación forma un grado, y la serie de grados constituye lo que se llama línea de parentesco.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.

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