ARTICULO 2319
La entrega de la cosa prestada y la restitución de lo prestado se harán en lugar convenido.
TITULO QUINTO DEL MUTUO · CAPITULO I Del mutuo simple
ARTICULO 2319
La entrega de la cosa prestada y la restitución de lo prestado se harán en lugar convenido.
Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.
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