Código Civil para el Estado de Veracruz · Veracruz

Artículo 2410

TITULO SEXTO DEL ARRENDAMIENTO · CAPITULO VI Del arrendamiento de bienes muebles

ARTICULO 2410

Lo dispuesto en el artículo 2398, es aplicable a los aperos de la finca arrendada.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.

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