ARTICULO 2763
El fiador que paga se subroga en todos los derechos que el acreedor tenía contra el deudor.
TITULO TERCERO · CAPITULO III De los efectos de la fianza entre el fiador y el deudor
ARTICULO 2763
El fiador que paga se subroga en todos los derechos que el acreedor tenía contra el deudor.
Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.
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