Código Civil para el Estado de Veracruz · Veracruz

Artículo 383

TITULO NOVENO De la tutela · CAPITULO I Disposiciones generales

ARTICULO 383

El que se rehusare sin causa legal a desempeñar el cargo de tutor, es responsable de los daños y perjuicios que de su negativa resulten al incapacitado.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.

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