Código Civil para el Estado de Veracruz · Veracruz

Artículo 63

TITULO PRIMERO DE LAS PERSONAS EN GENERAL · CAPITULO IV Del cambio de nombre

ARTICULO 63

El cambio de nombre no libera ni exime de las obligaciones o responsabilidades contraídas con el nombre anterior.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.

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