Artículo 1297.- Si el que enajenó no sale sin justa causa al pleito de evicción en tiempo hábil o si no rinde prueba alguna o no alega, queda obligado al saneamiento como si procediere de mala fe.
Artículo 1297
TITULO CUARTO DE LOS EFECTOS DE LAS OBLIGACIONES · CAPITULO IV DE LA EVICCION Y SANEAMIENTO
Última reforma de esta ley incorporada: 7 de junio de 2022. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: poderjudicialyucatan.gob.mx.
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