Código Civil del Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 2

TÍTULO PRIMERO REGLAS GENERALES

Artículo 2

La Ley Civil en el Estado de Zacatecas tiende a armonizar los derechos individuales y colectivos protegiendo a las personas o grupos económica, cultural o socialmente débiles.

ARTÍCULO 2

Sus disposiciones regirán los efectos jurídicos de los actos anteriores a su vigencia, si con su aplicación no se violan derechos adquiridos.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de julio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

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