Código Civil del Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 2224

TÍTULO DÉCIMO

Artículo 2224

La fianza puede ser gratuita o a título oneroso.

Artículo 2225 La fianza es legal cuando debe otorgarse por disposición de la ley, y es judicial la que se otorga en cumplimiento de una providencia dictada al respecto por el Juez.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de julio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

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