Código Civil del Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 442

TÍTULO SEXTO DE LAS SERVIDUMBRES · CAPÍTULO OCTAVO DE LA EXTINCIÓN DE LAS SERVIDUMBRES

Artículo 442

La prescripción es un medio de adquirir bienes o derechos o de perderlos, así como de liberarse de obligaciones, mediante el transcurso de cierto tiempo y bajo las condiciones establecidas en la ley.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de julio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

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