Código Civil del Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 445

TÍTULO SÉPTIMO DE LA PRESCRIPCIÓN · CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 445

Pueden adquirir por prescripción positiva todos los que son capaces de adquirir por cualquier causa legal; los menores y demás incapacitados pueden hacerlo por medio de sus legítimos representantes.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de julio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

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