Código Civil del Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 446

TÍTULO SÉPTIMO DE LA PRESCRIPCIÓN · CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 446

Para los efectos de los artículos 129 y 130 se dice legalmente cambiada la causa de la posesión cuando el poseedor que no poseía en concepto de dueño o titular de un derecho real, comienza a poseer con ese carácter y, en tal caso, la prescripción no corre sino desde el día en que se haya cambiado la causa de la posesión.

Artículo 447 La prescripción negativa aprovecha a todos, aún a los que por sí mismos no pueden obligarse.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de julio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

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