Artículo 961. A la demanda verbal o escrita deberán acompañarse necesariamente:
I. El documento que acredite el carácter con que el litigante se presente en juicio, en el caso de tener la representación legal de alguna persona, o cuando el derecho que reclame provenga de habérsele transmitido por otra persona;
II. El poder que acredite la personalidad del que comparece a nombre de otro;
III. El documento o documentos en que se funde la acción; y,
IV. Tantas copias en papel común del escrito y documentos, cuantas fueren las personas demandadas.